Las ferias de préstamos
para vehículos que se celebran periódicamente en el país han contribuido por más
de 10 años a la dinamización de las ventas y representan para muchos una buena
oportunidad para hacerse de un medio de transporte personal o renovar sus
flotillas comerciales. (Auto Feria Popular impacta en
economía, diario Primicias, 05 de Diciembre del 2010)
Muchas ventajas
son añadidas a las compras en ocasión de estos eventos y son ampliamente
publicitadas hasta con meses de antelación. De todas ellas, las que llaman
nuestra atención, por supuesto, son las relacionadas con las pólizas de seguro
para estos vehículos y ya sea en el marco de alguna feria o no, las mismas van
desde un descuento importante en la prima hasta la inclusión o financiamiento
de este monto dentro del préstamo tomado. Estas ofertas tienen el objetivo
adicional de hacer más digerible la suscripción obligatoria del seguro sobre la
prenda o garantía objeto de la transacción y para obtener el recurrido Endoso
de Cesión de Derechos.
En muchos casos,
la contratación del seguro como requisito para el préstamo se hace con la
exigencia adicional de ser emitido a través de una aseguradora “aceptada” por
el banco o “directo y sin intermediarios” o, si permitieran intermediarios, que
este sea escogido por ellos.
Prácticamente en
todos los bancos y demás entidades financieras operan departamentos de
Banca-Seguros a través de los cuales se canalizan estas ofertas y se hacen los
trámites para las emisiones de las pólizas sobre las garantías de los préstamos.
Sospechosamente, en ningún caso estos departamentos, ni tampoco los mismos
bancos, se identifican como intermediarios de seguros y, sin embargo, actúan
como tales. Veamos qué dice la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas sobre este
particular (el énfasis añadido es nuestro):
“Art. 4.- Además de los aseguradores y reaseguradores,
solamente los intermediarios
y los ajustadores podrán usar
en sus denominaciones o en su giro
comercial las palabras "seguro", "reaseguro",
"coaseguro", "póliza" (cuando estas últimas sean
emitidas por compañías de seguros) o sus derivadas, siempre que indique, de
manera precisa en dichas denominaciones o en su giro comercial, su condición de
agente general, agente local,
corredor de seguros, agente de seguros de personas, agente de seguros
generales, corredor de reaseguro o ajustador.”
“Art. 199.- Para que una persona, física o moral,
pueda actuar en la República Dominicana como intermediario o ajustador en cualquier acto,
transacción o actividad relacionada con el negocio de seguro o reaseguro, deberá poseer previamente la licencia
correspondiente expedida por la Superintendencia.”
Vale decir que la
licencia correspondiente es una condición sine
qua non para la promoción, gestión, venta y/o cobro de pólizas de seguros
pero Los Bancos No Pueden Vender Seguros. Por ende, las operaciones de estas entidades
(departamentos de Banca-Seguros y corredurías de seguros subsidiarias de
entidades bancarias) son ilegales y están desautorizadas de pleno derecho.
Por lo demás, su oposición a la participación de otros actores legítimos (reales
intermediarios) en defensa de los intereses del asegurado/cliente, resulta
entonces ilícita y aberrante. Molesta que esta situación exista y persista mientras
las autoridades muestran la mirada perdida ante el asunto.
Este accionar,
que resulta hostil para el consumidor, que vulnera el principio de la libre empresa
consignado en nuestra Constitución y que atenta en contra de la salud del sector
seguros es un botón de muestra de las malas prácticas validadas contractualmente en las que incurren los bancos comerciales y que pronto tendrán
que ser corregidas. Recientemente el Instituto Nacional de Protección de los
Derechos del Consumidor (Proconsumidor) determinó que “de 720 contratos de adhesión entregados por el sector financiero a esa
entidad, el 100 por ciento tiene cláusulas abusivas y ambiguas…” (Dice contratos de adhesión tienen
cláusulas abusivas, El Nacional, 17 de
Noviembre del 2011)
Muchos clientes ven
con buenos ojos estas facilidades y descuentos en el seguro de los bienes para
los que procuran préstamos pero no reparan en la importancia de los detalles
precedentes y suelen mantener este parecer sólo hasta la ocurrencia de un
siniestro en el que se ven desahuciados y a merced de una empresa de seguros más
afín a los intereses de un banco o una financiera que a los suyos como
asegurados en procura de la correcta indemnización de los daños cubiertos en la
póliza contratada.
El reconocimiento de las reglas de juego es condición previa indispensable para su aplicación. Todo lo arriba expuesto vale por igual para las ferias de préstamos hipotecarios con ofertas encantadoras pero tienen algunas diferencias importantes sobre las que vale la pena llamar la atención en otro artículo.
No pretendemos,
con nuestra opinión, traer lluvias sobre el desfile de las ferias de préstamos
ya que es en realidad a la Superintendencia de Seguros a quienes les corresponde
velar por el fiel cumplimiento de la ley de seguros. Queremos, eso sí,
puntualizar sobre estas situaciones para que, conociéndose de antemano, puedan
ser regularizadas y reencauzadas dentro de la legalidad en provecho de todos
los protagonistas y no solamente de los que detenten
las posiciones más fuertes (bancos).
Es su vehículo, es su póliza, es su dinero, así que de-fién-da-se… Mientras tanto, ojo con las ferias.
2 comentarios:
Siempre me he quejado de esa "mafia" o robo a plena luz del día.
Hola, José:
Lo que traes a colación es algo que nadie le ha querido hacer frente verdadero. Los únicos interesados son los corredores y agentes de seguros en el país y no se pueden unir en un frente grande y hacer cumplir la ley.
Los bancos ganan comisiones por vender pólizas, al igual que otros como vendedores de vehículos que no se constituyen en agentes.
Pero lo peor es que la profesionalización de la mayoría de los que están vendiendo seguros deja demasiado que desear, lo que constituye un gran riesgo para el que cree que está siendo asesorado.
Hay mucha tela por donde cortar, pero lo principal es que la ley se haga cumplir, la competencia es desleal e ilegal.
Diego
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